miércoles, 19 de julio de 2017

OBRA SOCIAL: Drenaje linfático para los afiliados oncológicos de OSEP

OSEP informa que por intermedio de la resolución N° 5914 expedida el 14 de julio del año 2017 se incorpora al menú prestacional de la institución la práctica de drenaje linfático para los afiliados oncológicos.

Para su autorización, el tratamiento debe ser prescripto por el médico especialista, o en su defecto, médico de cabecera, y ser autorizado por el médico auditor de la Obra Social.
Los afiliados tendrán un cupo máximo de 30 sesiones por año con una duración de 40 minutos cada una.

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